OPCION POR LA NACIONALIDAD ARGENTINA El Decreto 1601/04 y su Resolución Ministerial 1356/05 establecen un procedimiento simplificado para la obtención de la nacionalidad argentina por opción, regulada por la Ley 346. A partir de su dictado, el Registro Nacional de las Personas y los Consulados Argentinos en el exterior tienen la facultad de otorgar la nacionalidad argentina por opción.
Quienes pueden ejercer esta opción: Las personas nacidas fuera del territorio de la República Argentina, de padre o madre argentinos nativos, tienen derecho a optar por la nacionalidad argentina (en adelante, el "optante"). Se entiende por "argentinos nativos" a las personas que han nacido en el territorio de la República Argentina. Si el optante es menor de edad, sólo los padres pueden ejercer este derecho en su nombre. Sin embargo, mediando ciertas circunstancias, también pueden hacerlo los tutores (rogamos consultarnos a este respecto). Para obtener la nacionalidad argentina por opción no se requiere la renuncia a otra nacionalidad que pudiera tener el optante.
Dónde se pueden realizar los trámites: Si el optante tiene su domicilio en el extranjero, ante el Consulado Argentino en ese país. Si tiene su domicilio en la República Argentina, ante el Registro Nacional de las Personas: Haga click aquí para conocer la ubicación del Registro Nacional de las Personas: http://www.mininterior.gov.ar/renaper/
Documentación básica para ejercer la opción: 1. Acta de Nacimiento del optante: Si el optante nació en Francia, es necesario un Extrait de l'acte de naissance en formulaire plurilingue, que se obtiene en la Mairie del lugar donde se inscribió el nacimiento, legalizado con la Apostille. Si el optante NO nació en Francia, tiene que obtener un "Testimonio de la inscripción del nacimiento en el Libro de Estado del Civil de las Personas” del Consulado argentino en cuya circunscripción se produjo ese nacimiento. Haga click aquí para conocer la ubicación de los Consulados Argentinos en el mundo: http://www.cancilleria.gov.ar/portal/index.html 2. Acta de Nacimiento del padre o madre argentino: Este Acta es expedida por el Registro Civil argentino del lugar de nacimiento. Haga click aquí para conocer la ubicación de los Registros Civiles Argentinos: http://www.mininterior.gov.ar/renaper/ins_nac_donde_dirigirse.asp La obtención de un acta del Registro Civil argentino puede ser realizada por cualquier particular, munido de la mayor cantidad de datos posibles sobre el acta requerida (datos personales completos y de ser posible año, sección y número del acta). La mayoría de los Registros Civiles Argentinos envían partidas al exterior: sugerimos consultar los aspectos prácticos de ese procedimiento llamando directamente al Registro Civil respectivo. Diversas empresas privadas también se ocupan de obtener estas partidas.
Documentación adicional de acuerdo con la edad del optante: A continuación se detalla la documentación adicional para ejercer la opción, según la edad del optante: - Si es menor de 18 años a). Documentos de Identidad de ambos padres. Quién sea argentino deberá presentar su Libreta de Enrolamiento (LE), Libreta Cívica (LC) o Documento Nacional de Identidad (DNI), con su domicilio actual. El cambio de domicilio puede realizarse simultáneamente con la opción por la nacionalidad. Si uno de los padres no es argentino, deberá presentar un documento de identidad de su país. b). Fotos. Si el optante tiene más de 5 años, 3 fotos, ¾ perfil derecho, en fondo blanco (sin anteojos). c). Documentación que acredite la patria potestad. Acta de matrimonio, sentencia de divorcio o acta de defunción del padre fallecido, según el caso. d). Otros requisitos. Si el optante tiene más de cinco años, debe estar presente el día de la firma, junto a los padres. La presencia de AMBOS padres es obligatoria el día de la cita. - Si tiene entre 18 y 21 años a). Documentos de Identidad de ambos padres. Quién sea argentino deberá presentar su Libreta de Enrolamiento (LE), Libreta Cívica (LC) o Documento Nacional de Identidad (DNI), con su domicilio actual. El cambio de domicilio puede realizarse simultáneamente con la opción por la nacionalidad. Si uno de los padres no es argentino, deberá presentar un documento de identidad de su país. b). Documento de Identidad o Pasaporte del optante. c). Otros requisitos. Es necesaria la presencia de los padres el día de la firma, junto al optante, ya que son quienes otorgan el consentimiento. - Si es mayor de 21 años. a). Documento de Identidad o Pasaporte del optante. b). Documento de identidad argentino del padre y/o madre argentinos, en caso de ser posible.
Pasos a seguir ante la Sección Consular en París: 1. Enviar previamente por correo una fotocopia de toda la documentación para su verificación y preparación de los documentos, indicando su domicilio, números de teléfono (en horario laboral) y, en caso de disponer, su correo electrónico. 2. Concertar una cita previa una vez que la Sección Consular haya preparado toda la documentación que debe firmarse (prever un plazo de espera de cuatro meses como mínimo): a este fin, la Sección Consular se pondrá en contacto con Usted. 3. El día de la cita deben traerse todos los documentos originales. 4. El trámite de opción de nacionalidad es gratuito. La tramitación del DNI a favor del optante es arancelada y debe abonarse en efectivo.
Una vez completado este trámite: - Los menores de 16 años reciben su DNI inmediatamente. - Los mayores de 16 años deben aguardan su remisión desde nuestro país. - Toda persona que ya ha obtenido su D.N.I. por haber optado por la nacionalidad argentina, tiene derecho a un pasaporte argentino.
En caso tener una duda: - Escríbanos por correo electrónico a consulat.argentine@noos.fr, poniendo como objeto "opción por la nacionalidad argentina", - deje su mensaje en el teléfono: 01 44 34 22 06.
Actualizado al 9/noviembre/2006 |