Solicitud de beneficios establecidos
en las leyes de reparación nº 24.043, 24.411 y 25.914
TODO TRÁMITE NECESARIO PARA ACCEDER A LOS
BENEFICIOS OTORGADOS POR LA LEGISLACIÓN QUE ESTABLECE LA POLÍTICA
REPARATORIA A VÍCTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO ES GRATUITO
Quienes
pueden
solicitar este beneficio:
-
Las personas que hayan sido puestas a
disposición del Poder Ejecutivo Nacional desde la declaración del estado
de sitio hasta el 10 de diciembre de 1983.
-
Las personas que, no siendo militares, hayan
sido privadas de su libertad por actos emanados de Tribunales Militares.
-
Las personas que hubieran nacido durante la
privación de libertad de su madre.
-
Las personas que, siendo menores en su época,
hubieran permanecido detenidas en relación con la detención por razones
políticas de alguno de sus padres.
-
Las personas que hayan sido víctimas de
sustitución de identidad.
-
Los causahabientes (herederos) de las personas
que se encontraran al día de presentación de la solicitud en situación de
desaparición forzada.
-
Los causahabientes (herederos) de las personas
que hubieran fallecido con anterioridad al 10 de diciembre de 1983 como
consecuencia del accionar de las fuerzas armadas, de seguridad o de
cualquier grupo paramilitar.
Quienes
NO
pueden
solicitar este beneficio:
Dónde se pueden realizar los trámites:
25 de Mayo 544 - 4°
piso
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: 00 54 11 5167-6596
http://www.derhuman.jus.gov.ar/
-
El trámite también puede ser realizado en las
representaciones diplomáticas argentinas acreditadas (consulados) si la
persona se encontrara o residiera en el exterior. En este caso, la
documentación es enviada por las autoridades del consulado a la
Dirección Nacional de Derechos Civiles y Políticos que es quien se
encarga, en todo caso, de su tratamiento.
Documentación básica para solicitar la indemnización por la víctima:
1.
Formulario de solicitud del beneficio debidamente completado y
firmado por el peticionante. La firma deberá ser certificada.
El
formulario de solicitud puede encontrarlo aquí
2.
Copia certificada de D.N.I./L.C./L.E. o, si el demandante es
extranjero, copia certificada del pasaporte o cédula de identidad.
3.
Declaración jurada con firma certificada donde el solicitante
afirme no haber recibido indemnización alguna por los hechos que se
reclaman.
4.
Domicilio para notificaciones en la Ciudad de Buenos Aires.
5.
Certificado o constancia, redactado en lengua española, que acredite la
calidad de refugiado o asilado político emitida por el Alto
Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados o por el país que le
otorgó dicho carácter. Si el certificado estuviera en otro idioma, la
traducción al español del documento será necesaria. El documento deberá
estar apostillado o, en su defecto, legalizado por el consulado argentino
del país emisor.
6.
Copia certificada de los documentos de viaje (pasaporte,
salvoconducto o cualquier otro) que acrediten salidas y entradas en la
República Argentina.
7.
Copia certificada de todo otro documento que acredite o pruebe los
hechos y que el denunciante estime conveniente hacer constar.
Documentación básica para solicitar la indemnización cuando la víctima
hubiere fallecido:
1.
Formulario de solicitud del beneficio debidamente completado y
firmado por el/los peticionante(s). La firma deberá ser certificada.
El
formulario de solicitud puede encontrarlo aquí
2.
Copia legalizada por el Órgano Superior de la declaratoria de herederos
dictada en la sucesión de la víctima.
2.
Copia certificada de D.N.I./L.C./L.E. o pasaporte de cada una de las
personas nombradas herederos en la sucesión de la víctima.
3.
Declaración jurada con firma certificada donde cada una de las
personas nombradas herederas en la sucesión de la víctima afirme no
haber recibido indemnización alguna por los hechos que se reclaman.
4.
Domicilio para notificaciones en la Ciudad de Buenos Aires.
5.
Certificado o constancia, redactado en lengua española, que acredite la
calidad de refugiada o asilada política de la víctima emitida por el
Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados o por el país que
le otorgó dicho carácter. Si el certificado estuviera en otro idioma, la
traducción al español del documento será necesaria.
6.
Copia certificada de los documentos de viaje de la víctima
(pasaporte, salvoconducto o cualquier otro) que acrediten salidas y
entradas en la República Argentina.
7.
Copia certificada de todo otro documento que acredite o pruebe los
hechos y que el/los denunciante(s) estime(n) conveniente hacer constar.
Pasos
a seguir
ante
la Sección
Consular en París:
1.
Una vez tenga todos los documentos requeridos en su poder, deberá ponerse
en contacto con el Consulado Argentino en París para solicitar una fecha
de cita:
Embajada Argentina en
Francia - Sección Consular
6, rue Cimarosa - 75116 - Paris - France
TE: (+33) 01 44 34 22 00 / (+33) 01 44 05 27 00 interno 2756
2. El día acordado se deberá
presentar en el Consulado con los documentos originales para proceder a
legalizar las fotocopias así como las firmas del solicitante. El trámite
será gratuito.
3. El Consulado Argentino es
órgano competente para recibir toda la documentación, procediendo
posteriormente a su envío a la Dirección Nacional de Derechos Civiles y
Políticos en Buenos Aires.
4. Si el solicitante
prefiriera realizar el trámite directamente en Argentina, mediante un
representante legal, podrá realizar en forma gratuita un poder especial,
habilitando a una persona para presentar la documentación en su nombre.
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